Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2017-S2
Fecha: 02-May-2017
a)
Solicita se le conceda la tutela impetrada, disponiéndose que: a) El Juez demandado deje sin efecto la ilegal Resolución 50/2017 y ejerza control jurisdiccional de la investigación; y, b) Se apliquen medidas cautelares y socio-protectivas por parte de la autoridad demandada y el Ministerio Público a su favor.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- previamente se deben agotar los mecanismos de protección específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, operando la acción de libertad solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo