SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2017-S1

Fecha: 12-May-2017

1)

En uso de su derecho a la réplica, respecto a los informes presentados señalaron que: 1) Se halla concluida la vía administrativa y corresponde la activación                  de la acción de amparo constitucional conforme lo establece la uniforme jurisprudencia constitucional; 2) Se debe considerar que no se está peticionando que se reconozca ningún derecho, sino que se proteja el derecho consolidado al debido proceso; y, 3) Los daños y perjuicios son consecuencia de los actos realizados por el citado Gobierno Autónomo Municipal y deben ser reparados.