SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2017-S3

Fecha: 19-May-2017

Ahora bien, en el caso concreto el ahora accionante a través de su abogado en audiencia de consideración de imputación formal e imposición de medidas cautelares, efectuada el 22 de noviembre de 2016, señaló que

“…[V]amos a solicitarle que también en principio se haga como juez de garantías el control acerca de la aprehensión de mi defendido” (sic). Manifestando que fue ilegal y que no existió ningún mandamiento de aprehensión y menos concurrió flagrancia, siendo que “…por el Informe de Acción Directa, por la denuncia que ha ocasionado este hecho se tiene que según se relata en el Formulario de denuncia, el hecho habría ocurrido el día anterior 18/11/2016 a horas 08:30 y la Sra. Sienta la denuncia el día 19/11/2016 y van directamente el Sr. Investigador y lo aprehende y lo lleva detenido hasta el presente…” (sic), por lo que al no existir mandamiento de aprehensión ni estado de flagrancia se incurrió en aprehensión ilegal.