Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2017-S3
Fecha: 19-May-2017
III.2. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
Al respecto la SCP 0464/2015-S3 de 5 de mayo, concluyó que: “Con relación al procesamiento indebido, la jurisprudencia constitucional fue uniforme al señalar que la vía idónea para su impugnación es la acción de amparo constitucional; sin embargo, cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- IANUS 701199201211395
- a)
- 1)
- I.2.3. Participación de los terceros intervinientes
- concedió en parte
- II.1.
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- De las actuaciones de la Jueza de garantías
- REVOCAR en parte