Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2017-S3
Fecha: 19-May-2017
II.4.
II.4. Se tiene oficio de 30 de marzo de 2017 emitido por la Jueza hoy demandada, por el que se remitieron los antecedentes de la apelación incidental de medida cautelar interpuesta contra el Auto de 1 de igual mes y año, en cumplimiento del decreto de 6 del dicho mes y año, con cargo de recepción en Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba el mismo 30 de marzo de 2017 a horas 15:15 (fs. 112).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- III.2. Dilación en la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada por falta de provisión de recaudos
- III.3. Jurisprudencia reiterada respecto a la legitimación pasiva de funcionarios subalternos del Órgano Judicial
- III.4. Análisis del caso concreto
- recurso sumario, pronto y efectivo