SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2017-S3
Fecha: 26-May-2017
denegó
El Juez de Sentencia Penal de Riberalta del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 11/2017 de 5 de abril, cursante de fs. 24 a 25 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La acción de libertad fue instituida para proteger los derechos a la libertad, a la vida y a la libre locomoción, motivo por el que utilizar este recurso para reclamar el respeto de otros derechos desnaturalizaría su esencia, tal cual se pretende en el caso en cuestión; b) Del análisis de la demanda y la fundamentación oral efectuada por el abogado de la accionante se tiene que lo que en el fondo se pretende es que la autoridad demandada se pronuncie sobre las diversas solicitudes efectuadas por la accionante, situaciones que de ninguna manera se relacionan con el derecho a la vida de la nombrada; y, c) Lo solicitado tiene que ver con el derecho de petición, el cual no se encuentra tutelado por esta acción de defensa, no pudiendo ingresar a analizar el fondo de la problemática expuesta, más aun si en el caso, no se acreditó por ningún medio de qué manera el Juez hoy demandado hubiera afectado el derecho a la vida de la accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- Con dicha orden se practicará la citación, personal o por cédula, a la autoridad o a la persona denunciada
- La citación con el recurso y el auto de admisión, tiene vital importancia para la sustanciación de las acciones tutelares, por cuanto, al igual que en otro proceso judicial tiene la finalidad de poner en conocimiento del o los recurridos los hechos denunciados y los fundamentos expuestos por el recurrente, a objeto de que el recurrido pueda asumir su defensa
- Con relación a esta exigencia queda involucrada la garantía constitucional a la tutela judicial efectiva en su vertiente de derecho a la defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- instalado dicho acto procesal en la indicada fecha a horas 15:40
- notificó a la misma el 5 de abril de 2017 a horas 16:25
- 2°