SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

II.2.

II.2.  Por Auto de admisión de 31 de marzo de 2017, el Juez de garantías sostuvo que: “Es necesario manifestar que la audiencia para la sustanciación del presente recurso constitucional es fijada fuera del plazo que establece el Art. 126 de la Constitución Política del Estado, tomando en cuenta que la autoridad recurrida tiene domicilio en la ciudad de La Paz distante a aproximadamente mil kms., de la ciudad de Riberalta y deberá ser notificada mediante exhorto suplicatorio (…) Se hace conocer a la autoridad accionada que deberá presentar su informe hasta el día y hora de la audiencia señalada al exordio en secretaría de este Tribunal…” (sic), por lo que se fijó audiencia para el 5 de abril del mismo año (fs. 21).