SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

concedió

El Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2017 de 5 de abril, cursante de fs. 80 a 82 vta., concedió la tutela solicitada disponiendo que: 1) La Jueza ahora demandada en el término de veinticuatro horas remita las piezas pertinentes del recurso de apelación restringida planteada por Nora Valdivia Gálvez contra la Sentencia condenatoria de 29 de diciembre de 2016; y, 2) Por Secretaría se remita copia legalizada de la presente Resolución constitucional al Concejo de la Magistratura para su conocimiento y para que determine lo que por ley corresponde, bajo los siguientes fundamentos: i) En el presente caso, el accionante mereció una Sentencia en primera instancia aplicándose la terminación anticipada, que tiene similitud a un procedimiento abreviado, fallo que fue apelado; empero, el mismo no fue remitido al respectivo Tribunal Departamental de Justicia para su consideración pese al cumplimiento de plazos procesales concedido a las partes, situación que transgrede los derechos al debido proceso, a una justicia pronta con celeridad en la sustanciación de este recurso que se encuentra conexo al derecho de libertad del accionante; ii) Conforme a los fundamentos y a los memoriales presentados por el accionante, no se requiere la contestación al recurso de apelación con la solicitud de remisión ante el respectivo Tribunal Departamental de Justicia; lo que resulta que implícitamente el nombrado renunció al término que le correspondía para contestar el citado recurso; por lo que la Jueza hoy demandada debió prever esa situación que el ahora accionante solicita la remisión de la apelación ante el Tribunal de alzada; y, iii) “Posteriormente corresponderá el planteamiento del incidente que sea pertinente, una vez se encuentre firme ejecutoriada la sentencia, o cualesquier incidente que corresponde de acuerdo al resultado…” (sic).