SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0458/2017-S3
Fecha: 26-May-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 14 de junio de 2016 aproximadamente a horas 21:00 se protagonizó un hecho de tránsito, suscitado en la carretera internacional Patacamaya-Tambo Quemado, siendo los protagonistas de tal hecho, los vehículos con placas de control 4052-KBY, 1077-HYF y 2488-CAN, el primero de estos, conducido por Milton Carballo Arrazola, contra el que se inició acciones legales, al cual se le imputó formalmente por los delitos de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito; y en consecuencia, se dispuso su detención preventiva, procediéndose además al secuestro de los vehículos, entre ellos el suyo de placa 4052-KBY.
En la etapa preparatoria se realizaron varios actuados investigativos, los cuales sirvieron para fundamentar el requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado, y en reiteradas oportunidades solicitó la devolución de su vehículo, pues el mismo se constituye en su herramienta de trabajo, adjuntando a tal efecto la documentación que demuestra su derecho propietario y el certificado de autenticidad que indica que el motorizado no tiene ninguna observación, y ante ello, la autoridad fiscal -ahora demandada- refirió que aún existían actuados investigativos pendientes.
De esa manera, realizados los actuados pendientes, la Fiscal de Materia hoy demandada presentó requerimiento conclusivo de acusación, pidiendo procedimiento abreviado en relación a Milton Carballo Arrazola, por lo que en mérito a ello se celebró la audiencia pública el 8 de septiembre de 2016, acto procesal en el cual el Juez cautelar declaró la procedencia de dicha salida alternativa, en vista de cumplir con los presupuestos establecidos, dictándose la Sentencia condenatoria contra el prenombrado y fijándose la pena de tres años de privación de libertad, habiendo concluido de esa manera con el proceso penal, no habiendo ningún otro actuado investigativo más por realizar.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En consideración a memorial de la vuelta
- revisado los antecedentes del cuaderno de investigaciones se establece que está pendiente la anotación preventiva solicitada de este vehículo para el fin del resarcimiento del daño civil, en mérito de las querellas de 15 de junio de 2016 y la querella de fecha 5 de julio de 2016, en tales antecedentes aguarde su oportunidad
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por otra a su nombre con poder suficiente
- o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería
- los requisitos formales que se deben cumplir a tiempo de formular los recursos de amparo constitucional se encuentra la obligación de acreditar la personería del accionante, lo que también contiene la demostración de la legitimación activa;
- III.2. Análisis del caso concreto
- PODER AMPLIO Y SUFICIENTE y ADEMAS ESPECIFICO
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR