SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0484/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0484/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

II.3.

II.3.    Recurso de casación de 6 de julio de 2015, interpuesto por Sofía Colque Nina contra el Auto de Vista 173/2015; solicitando se lo declare improbado y se mantenga el lazo paterno filial entre el menor y el accionante; sobre la base de los arts. 250, 253 inc. 1) y 255 del CPCabrg; toda vez que, la Sentencia y el Auto de Vista recurridos, contienen violación de derechos fundamentales, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley; sustentándose en los siguientes puntos de impugnación: i) El Auto de Vista 173/2015 señaló que el art. 199 del CFabrg, establece que el reconocimiento expreso de paternidad es irrevocable, cuando el obligado lo realiza de forma voluntaria; asimismo, indicó que el art. 204 de la citada ley, determina que no procede la impugnación de reconocimiento, transcurrido los cinco años desde que se lo practicó; sin embargo, de forma contradictoria e inaplicando estas normas, decidió no otorgar la protección a favor del menor de edad, quitándole el derecho de ser asistido por una persona que se obligó voluntariamente a realizarlo, incumpliendo el art. 60 de la CPE; ii) Se hizo una interpretación errónea del art. 204 del CPCabrg; pues el reconocimiento del hijo data de 2003 y la demanda de exclusión de paternidad de 2014; transcurriendo más de diez años de su impugnación; y, iii) Se basó en prueba que data de octubre de 2014 y simplemente la comparó con la obtenida en mayo        de 2003, que consiste en el certificado de nacimiento y en el acta de reconocimiento voluntario que realizó el obligado, que no fue valorada correctamente, tomando en cuenta lo normado en el referido art. 204    (fs. 98 a 100 vta.).