SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de la acusación particular contra los accionantes por la presunta comisión del delito de falsedad material iniciado el año 2008, encontrándose recién en etapa de juicio oral, la parte querellante solicitó la aplicación de medidas cautelares, verificándose al efecto la audiencia correspondiente el 4 de agosto de 2016, en el Tribunal de Sentencia Penal Octavo, emitiéndose el Auto Interlocutorio 146/2016, aplicándoles medidas sustitutivas, al encontrar los riesgos procesales establecidos en los arts. 234.4 y 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP); es decir, con argumentos incongruentes e insuficientes, sin cumplir con el deber de motivación, los Jueces codemandados, solamente enunciaron tal concurrencia, sin especificar objetivamente cómo concurrirían.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. Sobre la apelación incidental: obligación de remitir antecedentes al tribunal de alzada en el plazo de veinticuatro horas
- III.3. Tutela del derecho al debido proceso a través de la acción de libertad
- el Tribunal Constitucional Plurinacional considera que, partiendo de la propia naturaleza jurídica de la acción de libertad, desarrollada en el Fundamento Jurídico anterior y cuyo principal objetivo es precisamente tutelar de manera específica el derecho a la libertad, no puede modificarse su esencia y ampliar su espectro de acción a aquellos asuntos netamente procedimentales que, aún cuando devengan del área penal, no se hallen en vinculación con el derecho a la libertad; en consecuencia, mediante la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se hace necesario reconducir el anterior entendimiento y restablecer la jurisprudencia constitucional previa, respecto a la exigencia de vinculación entre el derecho a la libertad y el debido proceso.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo