Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
I.2.3. Terceros interesados
Benigno Triveño Limachi, Gladys Rosa Aramayo Ayala, Maura Alejandra Tola Colque, Aldo Mortales Alconini, ex Fiscal de Materia del departamento de Oruro, Rafael Andrés Quispe Jiménez, Octavio Plácido Apaza Hinojosa y Álvaro Cristian Duran Avilés, en su condición de terceros interesados no presentaron informe, aunque su legal notificación cursa a fs. 416, 418, 419, 424 y 427 del expediente.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Terceros interesados
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional; empero, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Constitución, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar una tutela constitucional, y finalmente que es al accionante el que debe precisar los derechos invocados a efectos de lograr una tutela constitucional, sin que ello implique someterse estrictamente a los cánones desarrollados
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- REVOCAR