SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

II.3.

II.3.    Por Auto de 14 de julio de 2016, el Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de Potosí, ahora demandado, declaró infundado el incidente de devolución del vehículo interpuesto por la accionante, fundamentando que: i) La acciónate sabe perfectamente las circunstancias en las que se llevó a cabo el operativo de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), cuando intervinieron y encontraron a tres personas, procediendo a aprehender inmediatamente a dos de ellos, mientras que el tercero se dio a la fuga, así se realizó la requisa de los presentes, encontrando en las prendas de uno de ellos droga, al igual que en el tapiz del vehículo, dando a entender que en el mencionado motorizado se estaba realizando la transacción cuestionada; ii) El vehículo de la accionante está dentro de la categoría de confiscación, en el marco de lo previsto en el art. 253 del CPP; y, iii) Si la accionante fue sorprendida en su buena fe debe dirigir el reclamo de devolución de su vehículo al imputado, y no a su autoridad o a los funcionarios judiciales, porque, los mismos obran conforme lo determina la norma (fs. 11 a 12 vta.).