SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
III.
El accionante considera vulnerados sus derechos de petición y al debido proceso en su elemento de acceso a la justicia, toda vez que las autoridades demandadas a su turno no efectivizaron las solicitudes realizadas de su parte respecto a la extensión de fotocopias legalizadas de todo el cuaderno de investigaciones, habiendo incluso acudido vía control jurisdiccional ante el Juez de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro, quien a través de las providencias de 12 de abril y 10 de mayo de 2016, ordenó la notificación de las autoridades fiscales a objeto de que las mismas procedan al fin solicitado por su persona; sin embargo, a pesar de lo establecido, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, el Ministerio Público no cumplió con lo determinado, viéndose desprovisto de las fotocopias legalizadas requeridas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- inmediatez
- El principio de inmediatez en el ámbito procesal
- El principio procesal de inmediatez también implica el seguimiento del recurso o reclamo, y la reacción oportuna ante el silencio a los mismos
- no es posible que el agraviado deje pasar cierto tiempo sin prestar atención al trámite, es decir actuando sin interés en causa propia, y después de un tiempo, nuevamente vuelva a reclamar y luego otra vez abandonar su reclamo o medio impugnativo, y así sucesivamente sólo para interrumpir o dejar en suspenso el plazo de caducidad, sin que frente a una falta de definición se acuda rápidamente al amparo como mecanismo de protección inmediata
- el principio de inmediatez no importa la utilización discontinua o esporádica de los medios y recursos previos a la interposición del amparo, pues los reclamos deben ser interpuestos ante la instancia ordinaria o administrativa competente oportunamente, debiendo el agraviado por la lesión, hacer el seguimiento respectivo de su reclamo hasta agotar todas las instancias en el tiempo razonable
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones