Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0549/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
II.1.
II.1. Mediante memorándum DARH-DP 533/2011 de 31 de marzo, Maribel Lecoña Alavi, es designada por COMIBOL como Técnico de Archivo La Paz (fs. 3). Por memorándum SIAH 449/2016 de 6 de abril, es designada como Encargada a.i de Tratamiento Archivístico – Archivo Regional La Paz del Sistema de Archivo de la COMIBOL (fs. 4). El 11 de julio de 2016, mediante memorándum SIAH 0961/2016, es designada como Encargada del Archivo Regional de Pulacayo (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada,
- del mismo modo, el Reglamento Interno Tipo de la COMIBOL que rige en la compañía, fue redactado bajo los parámetros establecidos en La Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario; consecuentemente, la accionante está sometida a dichas disposiciones legales y, por ende, correspondía que, en el marco de lo dispuesto en la SCP 0177/2012, que ha sido glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, acuda con su reclamo ante a la judicatura laboral’.
- III.2. Análisis del caso concreto
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- CONFIRMAR en todo