Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
I.2.1. Declaración por no presentada la acción de amparo constitucional
Mediante Resolución 29 de diciembre de 2016, cursante a fs. 300 y vta., la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró por no presentada la acción interpuesta por la entidad Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró por no presentada la acción interpuesta por la entidad accionante.
- Jorge Fidel Romano Peredo
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Declaración por no presentada la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- Fragmento 18
- III.3
- Fragmento 20
- III.4
- Fragmento 22