Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
II.1.
II.1. Cursa Auto interlocutorio de 15 de marzo de 2017, dictado por Marco Antonio Maraz Castillo, Juez Primero de Instrucción Penal Primero de Yacuiba del departamento de Tarija, por el cual dispuso la detención preventiva contra Miguel Omar Salek Mustafa, en el Centro Penitenciario de “El Palmar” de dicho departamento, por estar latentes los presupuestos legales de los arts. 233.1 y 2; 234, 1, 2 y 10; y, 235.2 del CPP (fs. 22 vta. 25 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- La acción de libertad
- La Acción de Libertad procede cuando cualquier persona crea que: 1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal
- III.3. La carga de la prueba en la acción de libertad reside en el accionante
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR