SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05-17 de 19 de mayo de 2017, cursante de fs. 73 a 74 vta., denegó la tutela solicita, declarando la improcedencia de la acción de libertad, toda vez que habiéndose analizado una anterior acción de libertad presentada ante su similar Séptimo, la misma fue denegada y posteriormente confirmada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la SCP 0082/2017-S3, advirtiéndose que existe una identidad de sujeto, objeto y causa con la presente acción tutelar, lo cual implicaría una duplicidad de acciones, además que ya se resolvió la mencionada problemática, por consiguiente no se puede pretender que el Tribunal de garantías emita un pronunciamiento sobre el mismo problema jurídico ya planteado con anterioridad, porque incurriría en una innecesaria e irregular duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- Fragmento 13
- 1)
- III.3. Otras consideraciones
- i)
- 2° Llamar la atención