SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su representante legal manifestó que se ratificaba en el tenor íntegro del memorial de demanda de acción de amparo y ampliando señaló que de la lectura del informe de la autoridad demandada José Eddy Mejía Montaño, asume que es clara la normativa de las excusas “…en las que esta delineado la excusa legal, por lo que no podía asumir una fase más del conocimiento del proceso, lo que correspondía era aplicar el régimen de las excusas y no dictar ningún tipo de resolución, por lo que se debe dejar sin efecto el Auto de 2 de diciembre de 2016 que ha emitido esa autoridad, debiendo el proceso remitirse a una autoridad competente e imparcial” (sic).