SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

II.1.

II.1.  Cursa excusa formulada el 7 de octubre de 2011 por José Eddy Mejía Montaño, Vocal de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora codemandado-, señalando que fue abogado de la actora Delia Corina Rendón Céspedes       -ahora tercera interesada-, tramitando cuestiones inherentes al bien inmueble “…motivo de la presente…” (sic); consecuentemente, se halla impedido de tramitar y resolver la causa en favor o en contra de la que fue su cliente; consiguientemente, en aplicación de lo dispuesto por el art. 3.8 y 9 de la LAPCAF, formuló excusa del conocimiento de la causa (fs. 4).