SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

1)

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional y, en uso de la réplica, señaló que: 1) Se agotaron las vías;               2) Respecto al nexo de causalidad entre los hechos y el derecho vulnerado, este es superabundantemente entendible; y, 3) La motivación fue al margen de que la denunciante -ahora tercera interesada- lo hiciera verbalmente cuando perdió el tiempo y plazo para interponer la denuncia.

Ruth Karina Suzaño Cortez, haciendo uso de la palabra refirió que: la motivación se encuentra claramente vulnerada ya que no se respetó el resguardo de lo establecido en los arts. 12, 54 y 130 de la LOJ, toda vez que la autoridad codemandada se limitó a decir que se incumplieron ciertos artículos, sin especificar la norma que dispone que se debe obedecer a órdenes administrativas, “…no indica que articulo dice que yo tengo firmar ese mandamiento de arraigo cuando ya había perdido la competencia y porque yo incurrí en la falta disciplinaria, no se demuestra el dolo por parte de la suscrita juez…” (sic).