SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos invocados en esta acción tutelar, puesto que, tras haber impugnado la Resolución de rechazo de denuncia de 8 de julio de 2016 que dispuso ilegalmente el rechazo de la denuncia penal presentada, la autoridad demandada ratificó dicha determinación a través de la Resolución FDB/ERL R.-056/2016 de 4 de agosto, la cual es carente de fundamentación, sin dar respuesta a cada uno de los puntos que fueron objeto de impugnación y modificando ilegalmente la Resolución del a quo.
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene la Resolución de rechazo de la denuncia presentada por el ahora accionante por la presunta comisión del delito delitos de resoluciones contrarias a la constitución y las leyes, incumplimiento de deberes, discriminación y nombramientos ilegales, pronunciada por la autoridad codemandada el 8 de julio de 2016 (Conclusión II.1.), por lo que, mediante memorial presentado el 15 del mismo mes y año, el accionante impugnó el rechazo de su denuncia (Conclusión II.2.), misma que fue resuelta por Resolución FDB/ERL R.-056/2016, disponiendo la ratificación del fallo impugnado (Conclusión II.3.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En particular en lo relativo al contenido de fondo, no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también
- y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- b)
- c)
- d)
- e)
- Fragmento 23
- CONFIRMAR