Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
II.7.
II.7. El accionante el 24 de febrero de 2017, presentó memorial solicitando a la Jueza hoy demandada, se dejen sin efecto los mandamientos de apremio extendidos, debido a que no fueron legalmente emitidos; pedido que fue corrido en traslado, mediante decreto de 1 de marzo de 2017; posteriormente, el 9 de mayo de igual año, se emitió el Auto 190/2017, rechazando la solicitud del accionante por ser improcedente (fs. 26 a 27 vta., y 48 a 50 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2.
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- recurso de apelación aludido, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados
- III.3. Análisis del caso concreto
- subsidiariedad
- CONFIRMAR en todo