Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
II.3.
II.3. Mediante escrito presentado el 18 de mayo de 2017, ante la Jueza hoy demandada, el ahora accionante solicitó corrección de procedimiento ante la petición del querellante de revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención preventiva impuestas a su favor, mereciendo el decreto de 19 de igual mes y año a través del cual la citada autoridad judicial refirió que se considerará en audiencia (fs. 18 a 19 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de habeas corpus y amparo constitucionales
- Fragmento 15
- III.3.1. Respecto a las problemáticas identificadas en los incs. i) y ii)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3.2. Respecto a la problemática identificada en el inc. iii)