Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
II.4.
II.4. Cursa Resolución 6/2017 de 25 de mayo, pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del departamento de La Paz constituida en Jueza de garantías ante la presentación de una anterior acción de libertad por el hoy accionante contra la autoridad judicial hoy demandada, mediante la cual se declaró “infundada” la referida acción tutelar (fs. 21 a 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de habeas corpus y amparo constitucionales
- Fragmento 15
- III.3.1. Respecto a las problemáticas identificadas en los incs. i) y ii)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3.2. Respecto a la problemática identificada en el inc. iii)