DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017

Fecha: 28-Jul-2017

Artículo 3.- (DE LA AUTONOMÍA MUNICIPAL)

I. La Autonomía Municipal de Tito Yupanqui es la cualidad gubernativa de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías, la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales y la presente Carta Orgánica Municipal, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional con los demás Gobiernos Autónomos Municipales de Bolivia, la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la Constitución Política del Estado y las leyes complementarias que rigen el accionar autonómico municipal.

I. La Autonomía Municipal de Tito Yupanqui es la cualidad gubernativa de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional  con los demás Gobiernos Autónomos Municipales de Bolivia, la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la Constitución Política del Estado y las leyes complementarias que rigen el accionar autonómico municipal.