DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017

Fecha: 28-Jul-2017

ARTÍCULO 39º.- (ATRIBUCIONES DEL CONCEJO Y DE LA DIRECTIVA)

25.     A propuesta del Órgano Ejecutivo Municipal, aprobar la Ley Municipal que establecerá los requisitos y procedimientos generales para la creación de Distritos Municipales y Distritos Municipales Indígenas Originarios y Campesinos teniendo en cuenta como criterios mínimos la dimensión poblacional, la territorial, provisión de servicios públicos, infraestructura e identidades culturales indígena originaras campesinas.

30.     Designar por mayoría absoluta de votos del total de sus miembros, a la Concejala o al Concejal titular y en ejercicio, para que ejerza la suplencia temporal en caso de ausencia o impedimento el cargo de Alcaldesa o Alcalde de acuerdo a la Constitución Política del Estado y la Ley del Régimen Electoral.