SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S1

Fecha: 12-Jul-2017

II.3

II.3.  Consta memorial presentado por Silvia Eugenia Iporre Valdez, de 23 de junio de 2016, que en su otrosí primero solicita que conforme al arancel del ICACH, se regulen los honorarios profesionales de su abogado patrocinante –ahora accionante‒, y se indique a cargo de quien corre el deber de cancelarlos; Auto de 4 de julio de idéntico año, pronunciado por el Juzgado precedentemente enunciado, que dispuso en el marco de los principios de razonabilidad y proporcionalidad regular los honorarios profesionales del abogado patrocinante –accionante‒, en la suma de Bs5 000.- referido solo a las costas procesales condenadas en el juicio coactivo y no a la relación contractual existente entre abogado y cliente, que es otro ámbito, con cargo a la parte demandada; y,  memorial de recurso de apelación presentado por el ahora impetrante de tutela contra el Auto arriba citado, solicitando se revoque y se dicte uno nuevo considerando el arancel mínimo del ICACH (fs. 28; 30; y, 32 y 33 vta.).