Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante, a través de su abogada, ratificó in extenso los extremos vertidos en el memorial de demanda, incidiendo en que la recusación fue planteada dentro del término legal, sin que la misma tenga la finalidad de dilatar el proceso, sino, buscando se emita una resolución debidamente fundamentada y motivada, considerando los puntos expuestos en el escrito de recusación, la misma que fue resuelta con el mismo fundamento usado en otro proceso, evidenciándose que las Vocales demandadas, sólo copiaron la resolución emitida, sin entrar al fondo de lo pedido.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. De la garantía del debido proceso: principios de congruencia y fundamentación que le son inherentes
- III.2. Con relación al trámite específico del incidente de recusación previsto en el Código de Procedimiento Penal
- Fragmento 13
- CONFIRMAR en todo