SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista 01/2017 de 7 de abril, las Vocales demandadas, confirmaron el rechazo de la recusación interpuesta por el accionante contra Ernesto Félix Mur, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, disponiendo nuevo sorteo de la causa, señalando la imposibilidad de entrar a considerar la aparente relación de compadres, debido a que el matrimonio de los hijos del indicado Vocal y la Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia Penal Segunda de igual departamento, fue hace más de trece años; y, sobre la manifestación de opinión en la audiencia de consideración de medidas cautelares en relación a la pretensión litigada o sobre el supuesto interés en el proceso, por no ser sobrevinientes, de alguna manera un juez o miembro de un tribunal, a sola mención del recusante puede ser considerado parte (fs. 1 a 2 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. De la garantía del debido proceso: principios de congruencia y fundamentación que le son inherentes
- III.2. Con relación al trámite específico del incidente de recusación previsto en el Código de Procedimiento Penal
- Fragmento 13
- CONFIRMAR en todo