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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2017-S1

    Fecha: 19-Jul-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
    • III.2.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
    • III.3.  Excepción al principio de subsidiariedad cuando los mecanismos previstos por ley no son idóneos para reparar la lesión de derechos fundamentales
    • la jurisprudencia ha establecido excepciones a dicho principio cuando se constata que no existe el medio idóneo e inmediato para la protección de los derechos
    • no es exigible el agotamiento de los medios o recursos ordinarios cuando las vías ordinarias existentes no son las adecuadas para la protección del derecho presuntamente vulnerado, y más bien se constituyen en un obstáculo para acceder a la tutela brindada por el amparo constitucional;
    • Fragmento 21
    • mandato que consagra la prerrogativa que tiene todo ciudadano, de poder ser elegido
    • mientras que el primer elemento consiste en el derecho
    • Fragmento 24
    • III.6.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR
    • 1°    CONCEDER

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