SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2017-S3

Fecha: 21-Jul-2017

a)

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo en audiencia, refirió que: a) El Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 1035/2014 de 9 de julio resolvió la acción de inconstitucionalidad abstracta planteada por el Defensor del Pueblo, puesto que se habría despedido al “Dr. Cuba” por cumplir sesenta y cinco años de edad, estando obligado a que acceda a la jubilación, por lo que a través del citado fallo constitucional se declaró la inconstitucionalidad del art. 24.I.8 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) en su frase: “Haber cumplido 65 años de edad”, por considerarla discriminatoria y contraria al art. 14 de la CPE; y, b) Se sostuvo que las personas adultas mayores tienen especial protección a la luz de la Norma Suprema, constituyendo la decisión de obligarlo a jubilarse en un acto arbitrario, que no está justificado en el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), como causal de despido.