SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2017-S3
Fecha: 21-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a la “remuneración”, alegando que fue objeto de un despido ilegal e intempestivo, toda vez que el ahora demandado dispuso su desvinculación laboral manifestando que habría cumplido con los requisitos establecidos para acceder al beneficio de la jubilación y que por consiguiente, solo prestaría sus servicios hasta el 31 de diciembre de 2016, por lo que frente a dicha determinación acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de La Paz -entidad ahora tercera interesada-, instancia administrativa que emitió la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 495/EVG/ 013/2017 de 8 de febrero, ordenando su inmediata reincorporación a su fuente laboral, decisión que no fue cumplida hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no obstante de haber sido confirmada mediante RA 061-17 de 23 de marzo, producto del recurso de revocatoria planteado por el hoy demandado.
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Protección constitucional a la orden de reincorporación laboral, dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- emitiendo si corresponde la conminatoria de restitución en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar esta determinación en la justicia ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR