SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

a)

Ernesto Renato García Rocha, tercero interesado, por intermedio de sus abogados en audiencia refirió que: a) La acción de amparo constitucional es incompleta y debió declararse inadmisible, pues no participó Lucy Ríos de Bruun, siendo que ella promovió la excepción de prescripción, por lo que debió ser señalada como tercera interesada, omisión que es inexcusable tal como establece la jurisprudencia constitucional; b) No se demostró de qué manera se vulneraron los derechos enumerados por el accionante, indicó que hubiera una prescripción, ese aspecto es el fondo al que la acción de amparo constitucional no puede ingresar, invocando la “SCP 033/2017” sobre la congruencia; c) La “Jueza” conoce y aplica el derecho a la causa, bajo el principio iura novis curia; y, d) No existe incongruencia aditiva, ni omisiva por que el Tribunal de alzada, resolvió la expresión de agravios planteados, señaló que se vulneró sus derechos fundamentales pero no refirió en qué forma o de qué manera, por lo que solicitó que no se conceda la tutela solicitada.