Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
III.
La accionante, denuncia la vulneración de su derecho, al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y defensa a la vida y a la salud, además del principio de proporcionalidad; por cuanto, basados en la Resolución de 19 de diciembre de 2016, el SENASIR por medio del Administrador a.i. del SENASIR Regional de Oruro, sin permitirle asumir su defensa y sin el debido proceso, materializo la suspensión temporal del pago de la renta de viudedad que le beneficia y el de orfandad que recibe para su hija que adolece de discapacidad, medida que se concretizo mediante la retención de la boleta de pago correspondiente de enero de 2017.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- ñandereko
- celeridad
- o de persona individual o colectiva
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo
- III.3. De la excepción al principio de subsidiariedad cuando el accionante es persona con discapacidad o adulto mayor
- al debido proceso, a la defensa
- III.5.
- el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- CONFIRMAR