SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en su elemento de motivación y fundamentación y el derecho a la defensa; toda vez, que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de extorsión y uso indebido de influencias, el ex Fiscal Departamental, emitió la resolución jerárquica FDC/ERVA IS 452/2016 de 11 de octubre, por la que revocó el sobreseimiento de 28 de julio de 2016, sin fundamentar, ni motivar dicha resolución, ya que está contenida en una simple página, con poca argumentación, además genérica, también cita elementos probatorios sin otorgarles valor a los mismos, y por el contrario no cita preceptos legales sustantivos y adjetivos que apoyen su determinación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- porque considera dicha “titularidad” es irrelevante
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- : 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomodan a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- el debido proceso en su triple dimensión, principio-derecho-garantía, es inherente a la sustanciación de cualquier proceso de carácter judicial o administrativo, debiendo concurrir y ser parte esencial de la tramitación’
- La fundamentación del fallo
- ,
- derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas.
- el efecto de la revocatoria de sobreseimiento no es en absoluto similar a una sentencia condenatoria ni contiene los mismos resultados, ya que pronunciada la misma por el Fiscal Departamental, el Fiscal de Materia deberá emitir acusación formal delimitando el objeto del proceso al identificar a los posibles autores del hecho presuntamente delictuoso y los hechos que se deben probar en juicio
- exigencias de la estructura de forma y de contenido de una resolución, pues no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las mismas, exponiendo su criterio sobre el valor que le dan luego del contraste y valoración que se haga de ellas, con aplicación de normas jurídicas.
- REVOCAR en todo