Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado, de conformidad con el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 8 de mayo de 2017, cursante de fs. 85 a 87 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de Cobija del departamento de Pando; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada en los mismos términos de la Jueza de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso en la acción de amparo
- .
- …el debido proceso, entendido como el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, consagrado en nuestro texto constitucional en una triple dimensión, en los arts. art. 115.II y 117.I como garantía, en el art. 137 como derecho fundamental y en el art. 180 como principio procesal; y en los arts. 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como derecho humano…
- III.4. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR