Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0767/2017-s2
Fecha: 31-Jul-2017
i)
Daniel Fernández Murillo y Jorge Sindulfo Romay Pulido, Fiscales de Materia, en audiencia pública mencionaron de que: i) La accionante trata de hacer entender que el Juez debió analizar un aspecto de fondo, lo que no le corresponde, más que a un tribunal competente, no pudiendo mezclar la vía ordinaria con la constitucional, debido a que el tema tratado debió ser revisado por la vía ordinaria; y, ii) No existió ninguna omisión o violación de los derechos por parte de las autoridades demandadas, no pudiendo pronunciarse respecto a la valoración de tipicidad o tipo penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto a la obligación de emitir resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas en el marco del debido proceso
- III.2. Sobre el principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo