Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0767/2017-s2
Fecha: 31-Jul-2017
II.2.
II.2. Hugo Michel Lezcano, Juez de Instrucción Penal Cuarto del departamento de Chuquisaca, pronunció el Auto 83 de 28 de marzo de 2016, rechazando in límine y sin recurso ulterior, el incidente interpuesto por la accionante, mencionando que el tema ya fue tratado y resuelto en audiencia de consideración de medida cautelar y en la audiencia de apelación, siendo un incidente manifiestamente improcedente (fs. 9)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto a la obligación de emitir resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas en el marco del debido proceso
- III.2. Sobre el principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo