Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0774/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 300/2017 de 22 de junio, cursante de fs. 299 vta., a 300 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jaime Blanco Aguayo contra Héctor Andrés Hinojoza Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social; y, Efidio Saturnino Flores Bonilla, Administrador Departamental de la Caja Petrolera de Salud (CPS) Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y el principio de inmediatez
- III.2. Análisis del caso concreto
- debiendo el agraviado por la lesión, hacer el seguimiento respectivo de su reclamo hasta agotar todas las instancias en el tiempo razonable, y para el caso de no obtener respuesta ni la cesación de la vulneración podrá acudir en el plazo de seis meses ante la jurisdicción constitucional a fin de que se compulse la amenaza, restricción o supresión al derecho fundamental.
- CONFIRMAR en todo