SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0774/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0774/2017-S2

Fecha: 31-Jul-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 14 de enero de 2016, María Esther Nacho Vargas, Autoridad Sumariante de la CPS Santa Cruz, dictó en su contra el Auto Inicial de Proceso Administrativo 03/16 de 14 de enero, debido a que en su calidad de Administrador Departamental de la indicada institución, llevó adelante un proceso de contratación destinado a la adquisición de un inmueble para la adecuación del Hospital de Segundo Nivel, disponiendo además su cambio temporal de funciones.

Por Resolución Administrativa (RA) 002/2016 de 24 de febrero, la Autoridad Sumariante, determinó la existencia de responsabilidad administrativa, por lo que fue sancionado con la destitución del cargo que desempeñaba en la CPS Santa Cruz; una vez notificado con dicha resolución, mediante oficio de 5 de mayo del año señalado, solicitó al Administrador Departamental demandado su reincorporación como odontólogo de base con el ITEM “1121 Nivel B” (sic), ya que en la RA 002/2016, la Autoridad Sumariante sólo determinó su destitución del cargo que ocupaba.

Mediante notas de 14 de abril, 1 y 26 de julio, todas de 2016, presentadas al Secretario General del Sindicato de Médicos y Ramas Afines (SIMRA) de la CPS Santa Cruz, solicitó el retorno al cargo de base como odontólogo, sin obtener respuesta alguna, por lo que el 19 de mayo del año señalado, mediante memorial dirigido a la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, solicitó su reincorporación al cargo antes señalado, por lo que dicha autoridad emitió la Conminatoria JDTSC/CONM 048/2015 de 1 de junio, ordenando a la CPS Santa Cruz, la reincorporación inmediata a su fuente laboral, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado, en aplicación al Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, manteniendo su antigüedad y demás derechos que le corresponden por ley; sin embargo, la institución mencionada no dio cumplimiento a dicha resolución de reincorporación.

El 15 de junio de 2016, el Administrador Departamental a.i., de la CPS Santa Cruz, formuló recurso de revocatoria contra la Conminatoria JDTSC/CONM 048/2016, que dispuso su reincorporación, revocatoria que fue resuelta por el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, mediante la Resolución Administrativa (RA) JDTS/R.R. 040/16 de 14 de julio de 2016, confirmó la indicada Conminatoria, ordenando su reincorporación al cargo de Odontólogo. Ante esta situación, la CPS Santa Cruz, interpuso recurso jerárquico contra la Resolución Administrativa antes mencionada, conocido y resuelto por el Ministerio de Trabajo, Empleo, y Previsión Social, que mediante Resolución Ministerial (RM) 1118/2016 de 17 de noviembre de 2016, determinó revocar la RA JDTSC/R.R. 040/16 y consecuentemente la Conminatoria de reincorporación, emitidas por la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, declinando competencia ante la autoridad llamada por ley, vulnerando de esa forma sus derechos al trabajo, estabilidad laboral y la seguridad jurídica.