Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0774/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
II.2.
II.2. Por RA 002/2016 de 24 de febrero, la Autoridad Sumariante, estableció responsabilidad administrativa contra Jaime Blanco Aguayo, por haber encontrado en su conducta acciones y omisiones que contravinieron los arts. 45 del Estatuto Orgánico de la CPS; 2, 8, 18, 22 y 31 del Manual de Funciones de la Administración Departamental Santa Cruz; 16 inc. e) de la LGT; y, 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario (fs. 19 a 24).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y el principio de inmediatez
- III.2. Análisis del caso concreto
- debiendo el agraviado por la lesión, hacer el seguimiento respectivo de su reclamo hasta agotar todas las instancias en el tiempo razonable, y para el caso de no obtener respuesta ni la cesación de la vulneración podrá acudir en el plazo de seis meses ante la jurisdicción constitucional a fin de que se compulse la amenaza, restricción o supresión al derecho fundamental.
- CONFIRMAR en todo