SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

III.6.3. Sobre el derecho a la impugnación

En el presente caso, se advierte, que si bien el accionante reclamó la lesión a su derecho a la impugnación al no resolverse los recursos de apelación de los Autos de 6, 8, 12 y 23 de septiembre de 2016; sin embargo, de lo analizado en el anterior acápite y el Fundamento Jurídico III.5 del presente fallo constitucional, se tiene que al haberse dispuesto por las autoridades demandadas la nulidad de obrados hasta el decreto de 20 de julio de 2016, anterior a las apelaciones de los Autos ya señalados, cuya resolución se reclama, no corresponde pronunciamiento sobre actuados ya anulados, no pudiéndose considerar la existencia de vulneración del derecho a la impugnación respecto a los señalados recursos de apelación.

Finalmente, no es posible establecer la existencia o no de vulneración al derecho a la defensa, toda vez que, la parte accionante, no expresó de manera clara, cómo habría sido vulnerado dicho derecho, ni estableció la correspondencia entre los hechos alegados y el referido derecho, existiendo consiguientemente, falta de carga argumentativa, que permita ingresar a esclarecer o no la vulneración del referido derecho, correspondiendo en consecuencia denegar la tutela.