Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.7.
II.7. Asimismo, se tiene que Boris Coyo Laime y Arminda Altamirano Delgadillo, interpusieron incidente de nulidad ante el referido Juzgado Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Oruro, que mereció el “Auto de 4 de noviembre” que señala que previamente se acredite su legitimación en el plazo de tres días bajo alternativa de tenerse por no presentada (fs. 95 a 97 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Incidente de nulidad en ejecución de sentencia
- ese incidente se activa en presupuestos excepcionales y determinadas circunstancias en las que efectivamente se evidencie indefensión en la parte demandada o de terceros
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR