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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2017-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2017-O

    Fecha: 02-Ago-2017

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    • Auto de Vista 66 de 8 de marzo de 2017
    • Fragmento 2
    • a)
    • II.1.
    • II.2.
    • III.
    • III.1.  Competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional para resolver las denuncias por incumplimiento a sentencias constitucionales plurinacionales
    • Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías, se notificará a las partes procesales, estando facultado el activante de la queja, en caso de estimar dilación o incumplimiento de la resolución emergente de una acción tutelar, a presentar la misma ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en los términos establecidos por el art. 16.II del CPCo, queja que deberá ser presentada en el plazo de tres días computables a partir de la notificación con la resolución emitida por el juez o tribunal de garantías. En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá remitir todos los antecedentes relevantes a la queja ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
    • III.2.  Análisis de la denuncia de incumplimiento
    • Auto de Vista 02/2015 de 7 de abril
    • Auto de Vista 66
    • 1)
    • únicamente versa en que la autoridad ahora demandada dicte otro auto de vista debidamente fundamentado y motivado
    • NO HA LUGAR

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