Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017-O
Fecha: 11-Ago-2017
1° CONCEDER
1° CONCEDER la tutela solicitada por Ezequiel Paniagua Banegas, en cuanto al debido proceso, en su vertiente fundamentación y motivación, dejando sin efecto el Auto de Vista 52 de 16 de marzo de 2015, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- a)
- b)
- 1)
- 1° CONCEDER
- I.3. Determinación que se pretende impugnar mediante la queja
- Petitorio
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá remitir todos los antecedentes relevantes del reclamo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.4.
- NO HA LUGAR