Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017-O
Fecha: 11-Ago-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El asunto analizado, se origina en la solicitud del accionante, al Tribunal de garantías para que deje sin efecto el Auto de Vista 232 de 22 de octubre de 2015, en razón a que el mismo nuevamente declaro “ADMISIBLE e IMPROCEDENTE” el recurso de apelación interpuesto contra el Auto 09/2014, lesionando sus derechos fundamentales al debido proceso e impidiendo la prosecución del juicio penal contra Eliodoro Méndez Mendoza. Dicha petición fue atendida favorablemente por el Tribunal de garantías mediante Auto 104 de 2 de mayo de 2017; empero, por memorial de 11 de julio del mismo año, el demandante de tutela pidió remitir al Tribunal Constitucional Plurinacional los antecedentes.
- acción de amparo constitucional
- a)
- b)
- 1)
- 1° CONCEDER
- I.3. Determinación que se pretende impugnar mediante la queja
- Petitorio
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá remitir todos los antecedentes relevantes del reclamo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.4.
- NO HA LUGAR