SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2017-S3

Fecha: 08-Ago-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante sostiene que se lesionaron sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la defensa, a la igualdad procesal de las partes, a la irretroactividad de la ley, a la seguridad jurídica y a la legalidad; a la comunicación previa de la demanda; a la defensa material y técnica, a la congruencia entre la demanda y Sentencia/Auto de casación, a la valoración razonable de la prueba, motivación y fundamentación de las resoluciones, así como el desconocimiento de los principios de bilateralidad, contradicción e imparcialidad, señalando que con la emisión del Auto Nacional Agroambiental S2ª 075/2016, los Magistrados hoy demandados, se pronunciaron de manera contradictoria y totalmente contrapuesta a los dos anteriores Autos Nacionales Agroambientales que fueron dejados sin efecto, fundamentando en esta ocasión de manera parcializada, asumiendo una decisión que vulnera sus derechos; toda vez que, hicieron permisible la aplicación retroactiva de la Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, sumado al hecho de haber declarado infundado el recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por su parte, sin haberse pronunciado respecto a los agravios expuestos en el indicado recurso, que se encuentran en relación a los puntos resueltos por el Juez a quo -ahora codemandado- pese haber demostrado que la Sentencia 001/2015 de 22 de junio incurrió en una  infracción evidente de la ley, así como de haber incorporado medios de prueba desconociendo las etapas del proceso, y no valorar los medios de prueba presentados por su parte; y finalmente, que el citado recurso de casación dio lugar a la emisión de dos anteriores Autos Nacionales Agroambientales con diferente criterio y decisión.