Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
II.2.
II.2. Por Resolución de rechazo de 10 de agosto de 2015, la Fiscal de Materia, Mabel Sandra Andrade Molina, rechazó la denuncia presentada por Enrique Javier Arnez Núñez -hoy accionante- contra Saúl Saldaña Secos y otros por la presunta comisión de delitos de uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes y extorsión (fs. 41 a 46 vta.).
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III.
- En particular en lo relativo al contenido de fondo, no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver.
- III.2.
- ii)
- iv)
- 2)
- Respecto al trámite de las acciones tutelares durante la vacación judicial
- Respecto a la suspensión de las audiencias de acción de amparo constitucional
- cuando la autoridad o funcionario que causo las lesiones a los derechos denunciados ya no ocupa el cargo en el que se encontraba cuando se causo las afectaciones, la Acción de Amparo Constitucional debe ser dirigida contra la persona que en el momento de la presentación de la acción TUTELAR se encontraba desempeñando esa función, como asimismo no solo contra la autoridad que ejecuto el acto reclamado sino contra quien ocupa el cargo, disponiendo la citación de ambas
- De la remisión de antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional
- CONFIRMAR