Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
II.1
II.1. Cursa acta de audiencia de medidas cautelares de 17 de enero de 2017, sustanciada en el Juzgado de Instrucción Penal Decimoquinto de la Capital del departamento de Santa Cruz, dentro de la investigación seguida por el Ministerio Público contra Cristina Quispe Franciscano y Juvenal Guaman Mamani -hoy accionante- por la supuesta comisión del delito de transporte de sustancias controladas prevista y sancionada por el art. 55 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas -Ley 1008 de 19 de julio de 1988- (fs. 7 a 9 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- modulación
- por el carácter provisional de las medidas cautelares, una vez apelada la resolución que disponga detención preventiva por la parte imputada, ésta debe ser resuelta de manera oportuna por las autoridades de alzada; y, si en ese ínterin el imputado presenta una nueva solicitud de cesación de la detención preventiva ante el Juez a quo, con argumentos que puedan contraponerse a la resolución anterior, éste se encontrará imposibilitado de resolverla, pues de hacerlo se daría un trámite paralelo a dos solicitudes impetradas por una misma persona y que persiguen un mismo fin; en ese sentido, se generarían disfunciones procesales innecesarias
- APELACIÓN INCIDENTAL DE MEDIDA CAUTELAR POR NULIDAD DE ACTOS PROCESALES POR DEFECTOS ABSOLUTOS
- RECURSO DE APELACION INCIDENTAL DE LA AUDIENCIA CAUTELAR Y DE NULIDAD DE OBRADOS POR DEFECTOS ABSOLUTOS NO SUSCEPTIBLES DE CONVALIDACION LEGAL
- CONFIRMAR